Política de privacidad

Condiciones Generales de Alquiler

Condiciones Generales de Alquiler

Alquiler de Autocaravanas Tortugaventura

 

La firma y pago de la reserva de alquiler supone la aceptación de todas y cada una de las siguientes condiciones:

Únicamente serán válidas las siguientes Condiciones Comerciales Generales de la empresa Automoción Egea S.L. establecidas y no se admitirán aquellas que difieran de las mismas.

Conductor y conductores adicionales.

El arrendatario conductor y, en su caso, los posibles conductores adicionales deberán ser mayores de 23 años y estar en posesión del permiso de conducir de la clase B con al menos 2 años de antigüedad.

Únicamente podrán conducir la autocaravana el arrendatario conductor y los conductores adicionales autorizados, que deberán presentar el permiso de conducción y DNI con una antelación mínima de 48h antes de la retirada del vehículo.

Salvo excepciones pactadas entre ambas partes, la autocaravana únicamente podrá ser retirada por la persona contratante.

En ningún caso el arrendatario subarrendará, cederá o alquilará el vehículo arrendado.

2. Reserva del alquiler.

La reserva del vehículo supone el previo pago del 30% del total del alquiler en concepto de pago y señal.

En caso de que el cliente solicite la anulación de la reserva solicitada, se aplicarán las siguientes penalizaciones, sobre el pago de la reserva:

– Anulación antes de 30 días desde el inicio de la fecha de alquiler: penalización del 50%.

– Anulación entre 30 y 16 días desde el inicio del alquiler: penalización del 80%.

– Anulación con menos de 16 días para el inicio del alquiler: penalización del 100%.

3. Pago del alquiler.

El importe total del alquiler contratado deberá ser abonado antes de la retirada del vehículo restando la reserva realizada. Así mismo se depositará una fianza para garantizar el buen uso y correcta devolución del vehículo por un importe de 600 euros mediante tarjeta de crédito (la misma con la que se hizo la reserva), vía TPV (bloqueo franquicia).

El cliente autoriza al arrendador a realizar cargos en la tarjeta, correspondientes a la prestación de los servicios contratados, a los daños materiales que sufra el vehículo, así como cualquier incumplimiento contractual del que deba responder el arrendatario.

El precio se determina para el alquiler de la autocaravana por cada día de arrendamiento y por los kilómetros efectivamente recorridos, de acuerdo al siguiente detalle:

Precio por día de alquiler: Dependiendo temporada.

Máximo de kilómetros por día de alquiler (acumulado): Doscientos cincuenta (250 kilómetros).

Precio por kilómetro en caso de exceso: Treinta céntimos de euro (0,30 euros) por kilómetro.

Este límite de kilómetros no es de aplicación en los arrendamientos superiores a siete (7) días de duración.

Para alquileres en julio y agosto el alquiler mínimo será de 7 días. (Consultar disponibilidad para menos días) Para el resto de temporada será de 3 días como mínimo.

El periodo de alquiler empieza con la recogida de la autocaravana por parte del arrendatario en el establecimiento del Centro de Alquiler de Automoción Egea S.L., situado en la población de Dolores de Pacheco (Murcia) Avenida San Javier 8 y finaliza con la entrega o devolución del vehículo en el mismo lugar siendo recogido por parte de los empleados de Centro de alquiler, en los días y horas estipulados en el contrato.

La no presentación del Arrendatario en el lugar y hora convenidos para el inicio del alquiler tendrá la consideración de rescisión unilateral del contrato y de la reserva, con penalización del 100% del valor del alquiler contratado, dicha no presentación facultará al Arrendador a disponer del vehículo reservado no teniendo el Arrendatario derecho a indemnización ni compensación ninguna.

Si se devuelve la autocaravana una vez transcurrida la hora máxima de entrega, el arrendador computará 30 € por hora de retraso en las primeras 8 horas. Los retrasos no autorizados que superen las 8 horas, serán penalizados con una tarifa diaria del triple de la cantidad aplicada en contrato. Además, el arrendatario asumirá los gastos derivados del hecho que otro arrendatario haga valer sus derechos frente al arrendador, debido a un retraso en la entrega del vehículo, imputable al arrendatario. Cualquier causa justificada de fuerza mayor que impida la devolución en el día acordado, deberá ser comunicada inmediatamente al arrendador para que este la acepte; en caso contrario se considerará retraso no autorizado.

Para devolver el vehículo en un Centro o lugar distinto al de recogida, se requerirá un acuerdo especial con el arrendador y el pago del importe correspondiente a este servicio que se pactará y abonará antes de la recogida de la autocaravana.

Por norma general (salvo acuerdo previo con el arrendador) las entregas de los vehículos se efectuarán de lunes a domingo, a partir de las 9:00 de la mañana y las devoluciones, de lunes a domingo hasta las 19:00 de la tarde.

En caso de que el arrendatario, por propia decisión unilateral, inicie con retraso o termine anticipadamente el alquiler, no tendrá derecho a reembolso alguno, pagando el precio integro de alquiler acordado inicialmente.

Si el arrendatario desease prolongar el arrendamiento del vehículo sobre las fechas establecidas, deberá comunicarlo al Centro de Alquiler con una antelación de al menos 3 días a la finalización del contrato. La eventual confirmación de prórroga estará sujeto a las disponibilidades que en este momento tenga el arrendador, no asumiendo por tanto éste último compromiso previo alguno.

4. Devolución de la fianza.

La devolución de la fianza será efectiva en las 48h laborables siguientes a la devolución del vehículo.

Todo desperfecto o carencia de algún objeto en el momento de la devolución del vehículo o si este no ha sido devuelto en unas condiciones de limpieza correctas, facultará a Automoción Egea S.L. la capacidad de deducir de la fianza el importe de los mismos.

En el caso de no ser posible la valoración de los daños de forma inmediata, Automoción Egea S.L. dispondrá de 30 días para la devolución, en su caso, del importe de la fianza sobrante, habiendo deducido de esta el coste de reparación de los desperfectos causados.

En el caso que los desperfectos hayan sido ocasionados por culpa del mal uso, fruto de vandalismo, por haber consumido bebidas alcohólicas o por el consumo de estupefacientes, el importe del cobro de la tarjeta puede ser superior al importe de la fianza. 

El arrendatario se compromete expresamente a pagar al arrendador:

A. El exceso de kilometraje para alquileres de hasta 7 días o los cargos adicionales surgidos de la aplicación de estas Condiciones de Alquiler.

B. Si el vehículo es dejado en algún otro sitio o ciudad sin la autorización del arrendador, o si el vehículo fuera retenido o embargado por culpa del arrendatario, todos los gastos correrán a cargo del arrendatario, incluida la repatriación y el lucro cesante de la empresa arrendadora durante el tiempo que dure la inmovilización del vehículo.

C. El importe de toda clase de multas, gastos judiciales y extrajudiciales derivados de cualquier infracción de tráfico o de cualquier otra clase que sean dirigidas contra la autocaravana arrendada durante el tiempo de vigencia de este contrato de alquiler.

D. Gastos incurridos por el arrendador (incluidos honorarios de Abogados y Procuradores) en la reclamación de las cantidades adecuadas por el arrendatario en virtud del presente contrato.

E. El vehículo dispone de un seguro a todo riesgo con franquicia (no incluye los efectos personales del arrendatario y acompañantes). En caso de accidente o robo, el arrendatario se hará cargo del importe de 600 € por siniestro.

5. Entrega y devolución del vehículo.

Antes de iniciar el viaje, el arrendatario está obligado a seguir las instrucciones que le dé el personal técnico de Automoción Egea S.L. en el punto de entrega. Asimismo, se elaborará un acta de entrega (Check In) en el que se describirá el estado del vehículo y que deberán firmar ambas partes. El arrendador se podrá negar a entregar el vehículo hasta que no se haya realizado la instrucción y firma del mismo.

En dicha acta, el cliente declara haber revisado el vehículo y sus instalaciones antes de recepcionarlo y reconoce recibirlos en perfectas condiciones mecánicas, provisto de la documentación necesaria y con las herramientas, neumáticos y accesorios adecuados , y se compromete a conservarlo en buen estado. Por lo tanto, la avería del vehículo o el mal funcionamiento del equipo durante el alquiler no darán derecho a ninguna indemnización, devolución o descuento.

Al devolver el vehículo, el arrendatario está obligado a realizar una revisión final de la autocaravana junto con los empleados del Centro de Alquiler. Se elaborará un acta de devolución (Check Out), que deberán firmar el arrendador y el arrendatario. Los desperfectos que no consten en el acta de entrega, pero que se detecten en el momento de devolver el vehículo, correrán a cargo del arrendatario.

En la devolución del vehículo por finalización del alquiler, en la que el arrendatario no esté presente en la inspección del mismo por causas imputables a él, y se aprecien daños en el vehículo, el arrendatario acepta la valoración de los daños resultantes de la inspección realizada por el personal técnico de Automoción Egea S.L. .

El vehículo se devolverá limpio (interior y exterior) en caso contrario se cobrará un suplemento de entre 40€ y 120€, de acuerdo con las tarifas establecidas en concepto de limpieza que se descontará de la fianza.

El vehículo deberá ser entregado con el WC y los depósitos de aguas residuales debidamente vaciados.

El no realizar las descargas de aguas grises, llevará un coste para el arrendatario de 30€ que se descontarán de la fianza. El no dejar el depósito de aguas negras limpio, llevara un coste para el arrendatario de 50€ que se descontarán de la fianza.

El hecho de llenar el depósito de agua potable con diésel u otro combustible, o el depósito de diésel con agua u otro combustible, implicará una penalización de 800€.

La autocaravana se entrega con los depósitos de combustible y AdBlue llenos y así debe devolverse. En caso contrario, el arrendador cobrará 2,50 € brutos por cada litro que falte. El arrendatario correrá con los gastos de carburantes y funcionamiento durante el periodo de alquiler.

6. Usos prohibidos, obligaciones de mantenimiento y protección.

El arrendatario se compromete a respetar en todo momento las obligaciones y limitaciones descritas en el vigente Código de Circulación y se obliga a: 

A. No permitir que lo conduzcan otras personas más que él mismo o las que expresamente estén autorizadas.

B. No llevar más pasajeros que los especificados en la documentación del vehículo. 

C. No realquilar o transportar personas con fines comerciales o cualquier otro uso que no esté incluido en el contrato.

D. No transportar cualquier tipo de mercancía, drogas, productos tóxicos o inflamables.

E. No ceder su uso a terceros a título gratuito o lucrativo, y no auxiliar a delincuentes.

F. No cometer delitos, aunque estos solo sean castigados según la legislación vigente en el lugar de los hechos.

G. No conducir el vehículo en inferioridad de condiciones físicas motivadas por el consumo de alcohol, drogas, fatiga o enfermedad.

H. No transitar fuera de la red viaria o en cualquier terreno no adecuado, ni participar con el vehículo en pruebas deportivas, de resistencia, carreras u otras que puedan dañarlo.

I. No utilizarlo para empujar o remolcar otros vehículos o remolques.

J. Tener la autocaravana adecuadamente estacionada y custodiada cuando no la utilice y protegerla del deterioro de las heladas, pedrisco o cualquier otro fenómeno atmosférico susceptible de producir daños de importancia.

K. No desprecintar o manipular el cuentakilómetros, debiendo comunicar inmediatamente al arrendador cualquier avería del mismo.

L. No tapar o quitar anagramas de la sociedad o variar cualquier característica técnica del vehículo, las llaves, cerraduras, equipamiento, herramientas y/o accesorios del vehículo, así como efectuar cualquier modificación de su aspecto exterior y/o interior, salvo la expresa autorización escrita por parte del arrendador. En caso de infracción, el arrendatario correrá con todos los gastos de reacondicionamiento del vehículo a su estado original, debiendo abonar así mismo una indemnización por la inmovilización del vehículo hasta su total reparación.

El arrendatario solo está autorizado a circular con el vehículo arrendado en los siguientes países, salvo autorización expresa y por escrito del arrendador:

 

Alemania, Andorra, Austria, Bélgica, República Checa, Chipre, Croacia, Dinamarca, República Eslovaca, Eslovenia, España, Estonia, Finlandia, Francia, Gran Bretaña, Grecia, Holanda, Hungría, Irlanda, Islandia, Italia, Letonia, Lituania, Luxemburgo, Malta, Noruega, Polonia, Portugal, Suecia y Suiza. Queda expresamente prohibido viajar a cualquier país que se encuentre en guerra o conflictos bélicos.

La autocaravana se debe cuidar y tratar adecuadamente, así como cerrar debidamente. Se deberán tener en cuenta las normas técnicas, así como las disposiciones determinantes para el uso. Se deberá controlar el estado del vehículo, sobre todo el nivel de agua y aceite, así como la presión de los neumáticos. El arrendatario se compromete a comprobar regularmente si la autocaravana de alquiler está en perfectas condiciones para circular con seguridad.

Está terminantemente prohibido fumar en la autocaravana, el incumplimiento de esta norma estará penado con 200€ que se restaran de la fianza.

Está totalmente prohibido llevar mascotas en la autocaravana, el incumplimiento de esta norma conllevará a una penalización de 150€. 

En caso de comprobar que se ha infringido las disposiciones de los anteriores apartados el arrendador podrá rescindir de inmediato el contrato de alquiler.

7. Comportamiento a seguir en caso de accidente.

En caso de accidente, robo o hurto del vehículo, incendio o daños causados por animales de caza, el arrendatario deberá informar inmediatamente a la policía o autoridad competente y al arrendador llamando al número de teléfono de Automoción Egea S.L. 654507246 y remitiendo copia de la denuncia al arrendador, en un plazo máximo de 12 horas desde el momento en que se produzca el accidente, quedando sin efecto en caso contrario los seguros y coberturas contratadas.

Nunca se reconocerá o prejuzgará la responsabilidad del hecho salvo la “Declaración Amistosa de Accidentes”. El arrendatario deberá obtener todos los datos de la parte contraria (nombre, dirección, datos, carné de conducir, compañía aseguradora y el número de póliza, datos de eventuales testigos, así como las matrículas de los vehículos afectados junto con los detalles del accidente) y los remitirá en el plazo indicado al arrendador. Notificar de inmediato a las autoridades el accidente si existe en el plazo indicado al arrendador. Notificar de inmediato a las autoridades el accidente si existe culpabilidad de la parte contraria. El parte de accidente se deberá entregar debidamente culpabilidad de la parte contraria. El parte de accidente se deberá entregar debidamente cumplimentado y firmado como muy tarde en el momento de devolver el vehículo al arrendador.

Incluso en accidentes o daños sin contrario, independientemente de su gravedad, el arrendatario deberá comunicarlo al Centro de Alquiler en un plazo máximo de 12 horas a cuando hubiese ocurrido, redactando para el arrendador un detallado informe por escrito junto con un boceto. Si el arrendatario no elabora el informe e impide de este modo que la compañía de seguros pague los daños, el arrendatario estará obligado a abonar el importe correspondiente en su totalidad.

No abandonar nunca el vehículo sin tomar las adecuadas medidas para protegerlo y salvaguardarlo.

Contactar si fuera necesario con la Compañía de Asistencia en Carretera contratada con la Aseguradora.

En caso de incumplimiento por el arrendatario de alguna de estas medidas, si son de aplicación, el arrendador podrá reclamar al arrendatario daños y perjuicios ocasionados por negligencia de éste, incluido el lucro cesante de la Empresa arrendadora durante el tiempo que dure la inmovilización del vehículo.

8. Reparaciones durante el viaje. 

El desgaste mecánico normal del vehículo lo asume el arrendador. Cuando la duración del recorrido o el estado de las carreteras lo aconsejen, se realizarán las operaciones de mantenimiento necesarias en un servicio oficial de la marca del chasis motor.

Detener el vehículo lo antes posible cuando se ilumine cualquier testigo que indique anomalía en el funcionamiento del vehículo, debiendo contactar con el arrendador o con la Compañía de Asistencia concertada por el arrendador y solo con esta, debiendo dirigirse exclusivamente a un servicio oficial de la marca del chasis motor, salvo autorización expresa del arrendador.

El arrendatario podrá encargar aquellas reparaciones que sean necesarias para garantizar la seguridad durante el funcionamiento y la circulación del vehículo en el periodo de alquiler y que no superen los 150 €. Para ello, tan sólo será necesario contar con la aprobación del arrendador. Éste último asumirá los gastos de la reparación si se le hace entrega de las facturas originales y de las piezas cambiadas. Quedan excluidos de esta norma los daños que afecten a los neumáticos.

En caso de que una reparación de estas características sea necesaria por un daño imputable al arrendador y el arrendatario no se encargue de solucionarlo, éste último deberá indicar sin demora al arrendador el desperfecto en cuestión y conceder un plazo razonable para su reparación. El arrendador no se responsabilizará de las condiciones específicas de cada país (ej. infraestructura), que conlleven una demora a la hora de realizar la reparación.

En el caso de cualquier avería de los elementos del habitáculo, el arrendatario deberá comunicarlo inmediatamente al arrendador de quien recibirá las instrucciones oportunas para su reparación.

9. Responsabilidad del arrendatario, seguro a todo riesgo.

Según los principios del seguro a todo riesgo, en caso de daños integrales, el arrendador eximirá al arrendatario de la responsabilidad de los daños materiales, con una franquicia de 600 €, que deberá asumir el arrendatario.

La exención de responsabilidad no tendrá efecto si el arrendatario omite alguna de las normas indicadas en todos los puntos del apartado 6 y 7, o en caso de que el arrendatario haya causado un daño de forma premeditada o negligente. 

El arrendatario, bajo ningún concepto, quedará eximido de responsabilidades, civiles, administrativas, penales o de cualquier índole que sean consecuencia de un siniestro o comportamiento doloso y que no estén contempladas en la póliza de seguros adjunta que se entrega, la cual el arrendatario declara conocer y aceptar.

Asimismo, el arrendatario deberá responder en caso de comportamiento doloso en los siguientes casos:

A. Si el arrendatario, no respeta las normas y el código de circulación vigente, del país donde esté circulando.

B. Si el arrendatario o el conductor, a quien el arrendatario le ha dejado el vehículo, huye en caso de accidente.

C. Si el arrendatario, en contra de la obligación establecida en el apdo. 7, no avisa a la policía en caso de accidente o infringe las obligaciones descritas en dicho apartado.

D. Si los daños se han provocado por no tener en cuenta las dimensiones del vehículo (altura, ancho, largo).

E. Si los daños se deben a un incumplimiento de las disposiciones relativas a la carga adicional.

F. Si los daños los ha causado un conductor no autorizado, a quien el arrendatario haya dejado la autocaravana.

El arrendatario responderá de todos los gastos, tasas, multas y sanciones relacionadas con el uso del vehículo, que se le reclamen al arrendador, excepto si se debe a causas imputables a este último.

El arrendatario alcanzará la misma responsabilidad si por su culpa fuese el vehículo retenido o embargado, corriendo además con los gastos y el lucro cesante del arrendador durante el tiempo que dure la indisponibilidad del vehículo, aplicándose por cada día que fuere retenido o embargado el importe por día, según el modelo y tarifas en vigor del precio de alquiler del vehículo.

10. Responsabilidad del arrendador.

El arrendador entrega el vehículo en perfecto estado, habiendo realizado todas las verificaciones y el mantenimiento necesario para su buen funcionamiento. No será responsable de fallos mecánicos o averías debido al deterioro normal del mismo, ni es responsable de gastos, retrasos o perjuicios de alguna manera producidos, directa o indirectamente como consecuencia de tales fallos o averías.

Si por causa de fuerza mayor, motivos fortuitos o ajenos al arrendador, no se pudiera entregar el vehículo en la fecha convenida, esto no dará derecho a ninguna indemnización, salvo la devolución al arrendatario de la cantidad pagada en concepto de reserva.

El arrendador asume la responsabilidad de robo e incendio ante el arrendatario, sobre el automóvil del arrendatario que se encuentre, en calidad de aparcamiento gratuito, en las dependencias del arrendador Automoción Egea S.L. durante el periodo de alquiler de la autocaravana.

Serán válidas las Condiciones Comerciales Generales expuestas en el Centro de alquiler en el momento de iniciarse el período de alquiler. 

11. Jurisdicción.

En caso de litigios derivados o relacionados con el contrato de alquiler de la autocaravana, se acuerda que la jurisdicción sea la del Centro de alquiler Automoción Egea S.L. .